El 23.1 del Reglamento del Congreso
Comienzo este apunte con el artículo 23.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados, pues deduzco de lo escuchado ayer a mucha gente que no se lo ha leído ni Tertuliano (en negrita lo que afecta a Amaiur): “Los Diputados, en número no inferior a quince, podrán constituirse en Grupo Parlamentario. Podrán también constituirse en […]